¿QUÉ GASTOS PUEDO DEDUCIRME SI SOY AUTÓNOMO Y TRABAJO DESDE CASA_

 

Si eres autónomo y trabajas desde casa te preguntarás si hay algún gasto que puedas deducirte. Para ello es necesario delimitar  la zona destinada al trabajo y para uso personal, podrás hacerlo cumplimentando el modelo 036 o 037 de la Agencia Tributaria, indicando la dirección, metros cuadrados y porcentaje de afectación. Esto es muy importante ya que solo podrás desgravar el porcentaje del gasto relacionado con tu trabajo.

 ¿Qué gastos puedes desgravar?

  • Si la vivienda es en propiedad, será necesario que la dirección sea la que figure, en el modelo de alta censal mencionado, como domicilio de la actividad indicando el grado de afectación a la misma. En este caso, puedes desgravar la parte proporcional del IBI, la comunidad de vecinos, seguro del hogar, intereses de hipoteca. En la declaración de la Renta habrá que fijarse en no incluir estos gastos en el apartado de vivienda habitual, respetando el porcentaje asignado a vivienda.
  • Si la vivienda es de alquiler. También podremos deducir la parte proporcional de alquiler, esto exigirá un contrato mixto o dos contratos, uno para vivienda y otro como local de negocio.
  • En cuanto a los suministros el criterio seguido por Hacienda era contrario a su deducibilidad, sin embargo una resolución del TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) contradice el criterio seguido por Hacienda y abre la puerta para que los autónomos puedan desgravarse el agua, luz, gas, etc. Esta Resolución del TEAC es vinculante para la administración, la resolución aprobada por dicho tribunal es un camino intermedio entre no poder desgravar dichos gastos y hacerlos de una manera proporcional a la zona afecta a la actividad, la propuesta es un criterio combinado entre metros cuadrados con los días laborales de la actividad y las horas en que se ejercite dicha actividad.

Este criterio es el seguido hasta que se apruebe y entre en vigor la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, en la que se contempla establecer un porcentaje objetivo aplicable para la deducción de los suministros, que será el resultante de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Por último, para que estos gastos sean deducibles deben contar con su correspondiente factura y estar registrados en la contabilidad del negocio.

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